Jean Paul Marat |
“El 15 de febrero de 1777 apareció en la Gazette de Berne
el anuncio para premiar un plan completo de legislación criminal. Marat —el que
después fue famoso revolucionario— se puso seriamente a trabajar y dos años después
envió el manuscrito que será conocido en lo sucesivo con el título de Plan de
Législation criminelle, considerado por su autor como 'la menos imperfecta de
todas sus obras".
No se olvide que Marat no era abogado, sino médico; por
eso su trabajo está lejos de ser una simple disertación técnica. A propósito del
tema que se propone desarrollar expone múltiples cuestiones de su repertorio
favorito, y no es de extrañar que en esta Memoria reproduzca párrafos enteros
de su obra anterior, Les Chaínes de L’ Esclavage.
Las convicciones políticas de Marat, a medida que avanza
en la existencia, ganan en amplitud y profundidad, pero en el fondo permanecen
siendo las mismas.
El "Discurso preliminar" que abre su Memoria es
de una violencia extrema. Es cierto que no encierra pensamientos nuevos y que
Marat ha puesto a contribución las obras de los autores entonces en boga:
Rousseau y Mably, Beccaria y Morellet, y hasta su enemigo jurado, Voltaire.
Pero al pasar por su ardiente temperamento, las disertaciones académicas se
transforman en gritos de revuelta.
La idea fundamental de Marat es que todas las leyes
existentes, nada valen, que son por excelencia ilegítimas, arbitrarias, contra
la moral y el buen sentido, y no se deben tomar en cuenta. Contra el régimen de
clase dispara sus más terribles adjetivos, y como estima que todo lo disfrutan
los ricos y nada los pobres, advierte a éstos que deben prepararse a la
reconquista de sus derechos. El primero de éstos es el de asegurar su
existencia material. Ante todo, es preciso
que
el hombre pueda subsistir.
El jurado de Berna no parece que gustó de estas
reflexiones, pues aunque no consta cómo se apreciaron las teorías sociales y
jurídicas de Marat, es lo cierto que no se le otorgó el premio. Dos juristas alemanes,
von Globing y Helster, se lo repartieron. Pero Marat no se desalentó por eso.
Se puso al habla con un impresor de Neuchátel y le confió la impresión de su
trabajo. Una vez terminada la tirada, Marat hizo enviar toda su edición a
París. Una decepción enorme le esperaba. El guardasellos fue informado de que
el libro de Marat contenía numerosos pasajes "subversivos", y al
llegar los ejemplares a Francia, los párrafos incriminados fueron arrancados y
destruidos. Tres años más tarde vio la luz, pero sin llevar el nombre del
autor. En 1783 se imprime nuevamente en la "Bibliothéque criminelle" de
Brisot.
En 1790 se publica en París, otra vez, el "Plan de
legislación criminal", ya con todos los honores para el autor, y aunque
esta obra es más bien un pequeño tratado doctrinal que un verdadero Proyecto de
Código de delitos y penas, el editor se lo brinda a la Asamblea Nacional para
su adopción.”(1)
(1) Jiménez de Asúa, Luis, Principios de Derecho Penal, La ley y El Delito, Abeledo Perrot, Editorial Sudamericana, Buenos Aires, 1990. pp. 36 y 37.
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