jueves, 28 de junio de 2012

Winfried Hassemer: La Violencia Omnipresente

Photography: Juan Castro Bekios, Iguazu Falls, Brazil
Fotografía: Juan Castro Bekios

“La violencia es un firme componente de nuestra experiencia cotidiana. Quien vive con otros, experimenta violencia, y nunca está seguro frente a ella. No es, por lo tanto, la omnipresencia de la violencia en la vida social lo que está en cuestión y lo que se modifica. Lo que se modifica son las formas de la violencia y la densidad de la actividad violenta. Lo que se modifica son las disposiciones a aceptar la violencia, las probabilidades de convertirse en víctima, o también, en autor de acciones de violencia. Lo que hoy se modifica con particular celeridad y evidencia es la forma y el modo en que percibimos la violencia y la actitud que tomamos frente a ella; de esto se tratará aquí, así como de las consecuencias para el derecho penal.

La percepción social de la violencia

La chance de percibir violencia y ejercicio de violencia seguramente nunca fue mejor que hoy. Una sociedad que dispone, por un lado, de medios de Comunicación eficientes, y que, por otro -al menos en la estimación de esos medios-, en el consumo comunicativo, está vivamente interesada en los fenómenos de violencia, ya no necesita experimentar la violencia en su propio seno para percibirla como omnipresente: pocos serán los ejercicios espectaculares de violencia en el mundo que se nos escapen.
Esto tiene diversas consecuencias, y también se discute en forma diversa. Entre ellas, resulta aquí de importancia que los fenómenos de violencia ocupan nuestra capacidad de percepción social y cultural con una intensidad como pocas veces antes, y que su transmisión hacia nosotros se produce en forma tendencialmente mas comunicativa que concreta. De esto se sigue, entre otras cosas, que las chances de dramatizar la violencia y hacer política mediante ella, son buenas: los medios atribuyen al ejercicio de violencia un alto valor como noticia e informan sobre ella, sin embargo (¿o por eso?), en forma altamente selectiva, la amenaza de violencia -sea real o sólo supuesta- es un regulador mediante el cual puede ser fomentada la política criminal (típicamente restauradora); aquello que vale como un bien jurídico que requiere protección penal (y que por tanto puede ser portador de amenaza penal) se decide mediante un acuerdo normativo social, para el cual, nuevamente, resultan constitutivas las sensaciones de amenaza de la población.
Violencia, riesgo y amenaza constituyen hoy fenómenos centrales de la percepción social. La seguridad ciudadana hace su carrera como bien jurídico, y alimenta una creciente industria de la seguridad. Luego del terrorismo y del tráfico internacional de estupefacientes, aparece ahora el así llamado "crimen organizado", ya introduciendo con una abreviatura, C.O., como tercer signo ominoso, presentado por los expertos policiales como una amenaza, y acompañado por la afirmación de que el derecho penal y el derecho procesal penal deberán "adecuarse a los requerimientos de una lucha efectiva", y que un "trabajo policial amplio y orientado de la opinión pública" podría y debería "apoyar la lucha por la represión del C.O.": "aumento de la disposición a formular denuncia", "desprecio del C.O." por parte de la sociedad, comprensión por parte de la población frente a las redadas y nuevas medidas de investigación. Dentro de esta trama, el dictamen de la Comisión gubernamental independiente para la evitación y lucha de la violencia (Comisión para la violencia) presentado en 1990, es solamente una fibra, aunque, naturalmente, de color.

La actitud social frente a la violencia

Si la violencia, riesgo y amenaza se convierten en fenómenos centrales de la percepción social, entonces, este proceso tiene consecuencias ineludibles en cuanto a la actitud de la sociedad frente a la violencia. Ésta es la hora de conceptos como "luchar", "eliminar" o "represión", en perjuicio de actitudes como "elaborar" o "vivir con".
Incluso la idea de prevención pierde su resabio de terapia individual o social y se consolida como un instrumento efectivo y altamente intervencionista de la política frente a la violencia y el delito. La sociedad, amenazada por la violencia y el delito, se ve puesta contra la pared. En su percepción, ella no se puede dar el lujo de un derecho penal entendido como protección de la libertad, como "Carta Magna del delincuente", "lo necesita como "Carta Magna del ciudadano", como arsenal de lucha efectiva contra el delito y represión de la violencia. El delincuente se convierte tendencialmente en enemigo, y el derecho penal, en "derecho penal del enemigo".”[1]




[1] Winfried Hassemer, Crítica al Derecho Penal de Hoy, Editorial Ad-Hoc, Buenos Aires, 2003 pp. 49-52.

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